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Según los datos de la Dirección General de Tráfico, la accidentalidad en furgonetas en los últimos 5 años se ha visto incrementada en un 41%, frente al 12% en coches.

Por ese motivo, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), en relación al nuevo Paquete legislativo de movilidad, que contempla diferentes medidas tendentes a regular este segmento de actividad aunque limitado al ámbito del transporte internacional, solicita al Ministerio de Fomento que dichas medidas regulatorias y de control de la actividad del transporte ligero sean exigidas también a las furgonetas que desempeñen su actividad en el ámbito local o nacional.

En ese sentido, todos los vehículos de transporte ligero entre 2,4 y 3,5 toneladas de MMA, deberán ir equipados con aparato tacógrafo para controlar los tiempos de conducción y descanso, como ya utilizan los vehículos de transporte de mayor tonelaje. Asimismo, también se exigirá a los titulares de dichos vehículos posean el título de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transportista, que actualmente se exige para los transportistas de vehículos pesados.

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Fenadismer no ha dudado en recomendar “absoluta prudencia” en relación al resultado judicial de las primeras reclamaciones en contra del cártel de fabricantes de camiones que se están tramitando en España. Y es que dice que: “se ha dado excesiva relevancia pública a una sentencia favorable dictada por un Juzgado de Primera instancia en Murcia, ignorándose que también han sido dictadas sentencias desestimatorias de otras reclamaciones presentadas”.

Advierten que: “con llevará una larga batalla judicial previsiblemente hasta el Tribunal Supremo, para lo que los fabricantes de camiones han contratado despachos jurídicos y economistas de primer nivel”.

Fenadismer no oculta su preocupación sobre la sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Murcia porque dicha sentencia puede crear un espejismo para los miles de transportistas que han decidido presentar su legítima reclamación contra los fabricantes partícipes del cártel.

“Debe quedar claro que la ‘famosa’ sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Murcia no es la primera sentencia que se ha dictado en España, sino que han sido dictadas varias sentencias por diferentes Juzgados de Primera Instancia con un resultado desfavorable a los intereses de los reclamantes, en la mayoría de los casos porque el informe pericial que acompaña la demanda, y que determina el importe del daño a reclamar, no está suficientemente motivado, por lo que ha sido rechazado por los Juzgados”.

De hecho, en una sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Zaragoza del pasado 13 de diciembre, el juez acoge íntegramente los argumentos de los peritos contratados por los fabricantes demandados, que desmontan el método de cálculo del daño establecido por el demandante en su informe pericial, basado exclusivamente en el establecimiento de un porcentaje sobre una media histórica de anteriores cárteles habidos en otros sectores, pero sin fijar un criterio econométrico preciso sobre el cálculo del daño realmente causado al reclamante, por lo que desestima la demanda planteada.

Llegados a este punto, Fenadismer insiste en advertir a los transportistas que vayan a reclamar contra los fabricantes para que sean cautelosos y “no se dejen engañar” sobre las posibles ofertas jurídicas que pueden encontrar en el mercado no especializadas en este tipo de reclamaciones, teniendo en cuenta que su resolución final con llevará una larga batalla judicial que previsiblemente llegará hasta el Tribunal Supremo, lo que hace imprescindible que las demandas, y los informes periciales que las acompañen estén muy fundamentadas técnicamente, para evitar posibles desestimaciones y la consiguiente condena en costes a la parte reclamante.

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Las asociaciones de transportistas que forman el Cómite Nacional del Transporte por Carretera se han dirigido formalmente al Ministerio de Industria para transmitir el “malestar” del sector “con los protocolos establecidos para las cabezas tractoras en lo que a medición de la eficacia de la frenada se refiere, dado que en muchos casos la calificación desfavorable a las tractoras no es debido a un problema del vehículo si no que las instalaciones de las ITV no están ajustadas como deberían, informa Fenadismer.



Desde la organización comunican que: “cuando se presenta a la revisión periódica una cabeza tractora con tomas de aire y sin estar acoplada a un semirremolque, el equipo previsto para realizar la prueba de frenada (rodillos), no es capaz de realizar una lectura adecuada de los parámetros del vehículo al ser éste expulsado por los rodillos”.

La respuesta por parte de las estación ITV, es que aunque reconocen que puede no ser un defecto del vehículo, es necesario que el mismo se presente acoplado a un semirremolque con un cierto nivel de carga, relatan desde el colectivo presidido por Julio Villaescusa. “De hecho, sin intervenir en los frenos del vehículo rechazado, el mismo se presenta acoplado y el resultado suele ser favorable”, revelan.

En el comunicado escrito por el Comité Nacional al subsecretario de Industria se le comenta que “ buena parte de los transportistas de nuestro país no presta sus servicios con un conjunto de vehículos completo, sino que la relación comercial que mantienen con su cargador es en la modalidad de ‘enganche’, aportando el transportista únicamente su cabeza tractora, por lo tanto, no disponen de semirremolques propios ni tampoco de carga disponible para poder presentar sus vehículos a la inspección técnica periódica. Dichos transportistas, que han optado por la instalación de tomas de aires adicionales en sus vehículos, dependiendo de las instalaciones de las estaciones ITV ven rechazados sus vehículos y han de acudir con un semirremolque en régimen de préstamo o alquiler, con el consiguiente riesgo y gasto, sin que, a nuestro juicio, sea su responsabilidad que no se cuente con los equipos idóneos para poder terminar la eficacia de la frenada con el vehículo desacoplado”.

Desde Fenadismer recuerdan que desde la implantación del  nuevo sistema de medición de frenado hace siete años, los casos de error han incrementado lo que ha hecho aumentar los perjuicios y las molestias a los transportistas, en el especial en el caso de las tractoras.

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