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Según los datos de la Dirección General de Tráfico, la accidentalidad en furgonetas en los últimos 5 años se ha visto incrementada en un 41%, frente al 12% en coches.
Por ese motivo, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), en relación al nuevo Paquete legislativo de movilidad, que contempla diferentes medidas tendentes a regular este segmento de actividad aunque limitado al ámbito del transporte internacional, solicita al Ministerio de Fomento que dichas medidas regulatorias y de control de la actividad del transporte ligero sean exigidas también a las furgonetas que desempeñen su actividad en el ámbito local o nacional.
En ese sentido, todos los vehículos de transporte ligero entre 2,4 y 3,5 toneladas de MMA, deberán ir equipados con aparato tacógrafo para controlar los tiempos de conducción y descanso, como ya utilizan los vehículos de transporte de mayor tonelaje. Asimismo, también se exigirá a los titulares de dichos vehículos posean el título de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transportista, que actualmente se exige para los transportistas de vehículos pesados.